Constantemente estamos asediados por las Afores para que por medio de sus Agentes Promotores nos cambien de una Afore a otras y estoy seguro que la gran mayoría desconoce realmente lo que puede esperar de las Afores, independientemente de en cual esté y si es el caso, también desconoce porque debería estar mejor en una que en otra.
Las llamadas y visitas para convencernos de cambiar de Afore son constantes, aunque eso ya va a cambiar a partir de enero por el nuevo Registro Público de Usuarios (REUS) que pondrá en servicio la Comisión Nacional Para la Atención y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), un padrón en el que se anotan los usuarios que no desean que su información se utilice para recibir publicidad, promoción o telemarketing.
Eso evitará que cuando usted se cambie de Afore comience a recibir de inmediato un torrente de llamadas de los promotores de la Afore que está abandonando para tratar de convencerlo de que regrese y de que ahora si le darán la atención debida y que pagan más y cobran menos que la Afore a la cual se está cambiando, etc. etc.
Pero en realidad eso es lo menos importarte. Lo verdaderamente importante es lo que realmente puede esperar de su Afore para cuando llegue a la edad de retiro.
¿Qué tanto sabe usted del tema?, Conoce con precisión loque puede esperar cuando llegue a la edad de 60 o de 65 años?
Ojalá que si, por su propio bienestar futuro. Aunque también debo decir que el que sepa la respuesta a esas dos preguntas no garantiza de ninguna manera que usted estará gozando de una pensión decente cuando llegue a esas edades.
Para comenzar, usted debe saber que no todos somos iguales para la Ley ante el futuro, o sea, ante nuestra famosa y esperada pensión para el retiro.
Lo primero de lo que debe estar usted consciente es de cuando comenzó a cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (I.M.S.S.). Ese pequeño dato es el que marca la diferencia.
Si usted comenzó a cotizar antes del 1 de julio de 1997 puede beneficiarse de la antigua Ley del I.M.S.S de 1973 y si nació a partir del 1 de julio de 1997 usted no tiene más remedio que resignarse a lo que la nueva ley del I.M.S.S. le tiene preparado para su futuro.
La antigua Ley le permitirá pensionarse tomando en consideración el total de semanas cotizadas al I.M.S.S. que tenga al momento de llegar a los 60 años. Deberá tener por lo menos 500 semanas para tener derecho a una pensión. También deberá haber cotizado por lo menos el último año antes de solicitar la pensión y para colmo, también deberá tener vigentes sus derechos ante el I.M.S.S: que caducan cuando usted se ha pasado sin cotizar el equivalente al 25% del tiempo que tiene cotizado (semanas). Si tiene mas tiempo, usted perderá sus derechos y para recuperarlos deberá cotizar de nuevo, pero por medio de un patrón, así que ya sabe lo que puede esperarle si se encuentra en ese supuesto.
Por otro lado, el monto de la pensión se calculará basándose en el promedio de las cotizaciones hechas los últimos 5 años, así que debe ver la manera de cotizar siempre y lo mas alto posible, pues si, por ejemplo, usted solcita su pensión en el año 2008 y cotizó el año 2007, pero antes no había cotizado desde el año 1997, entonces el cálculo se hará sobre el monto de las semanas cotizadas en el último año, o sea el año 2007, y los años, 1997, 1996, 1995 y 1994, por lo que su pensión será basante mpas reducida de lo que piensa. Por otro lado, el cálculo se hará sobre las semanas cotizadas totales, por lo que de una manera u otra, lo mejor que puede hacer es cotizar, aunque su patrón no lo haga, o aunque usted sea independiente, vendedor, comisionista, o lo que sea.
Si desea conocer el proceso exacto de cálculo, con gusto se lo puedo proporcionar si me escribe por medio del blog y me da todos sus datos.
Bueno, ahora pasemos al segundo caso, el de los jóvenes que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997.
Ellos si que no tienen idea de lo que les espera, pues lo único que recibirán por pensión es lo que aparare en su estado de cuenta de Afore (quítele lo que aparece como saldo de Infonavit, pues ese no cuenta para su pensión y si no ejerce su crédito antes de llegar a los 60 años, lo perderá y será entregado al I.M.S.S.). en otras palabras, el dinero restante es lo único que recibirá cuando tenga por lo menos 1250 semanas cotizadas. Quiere decir que los primeros pensionados bajo la nueva ley comenzarán a recibir su mínima pensión a partir del 1 de julio del 2021 (o a tramitarla).
Lo malo es que lo único que recibirán es lo que aparezca en su Afore, y eso no les alcanzará para gran cosa, pues de las opciones que tendrá al llegar a la edad de retiro, una es que su Afore lo pensione, y lo que hará, a groso modo, es dividir el monto que tenga en su Afore en susubcuenta de retiro entre 15 años y eso dividirlo entre 12 y el resultado es lo que recibirá de pensión. (Claro que el cálculo real es mucho más complicado, pero como dije, a groso modo así es)
Entonces usted puede esperar que aproximadamente a los 75 años, se le acabe el saldo de su Afore y después,,,,,Bueno, después quizá reciba un salario mínimo garantizado por parte del gobierno, porque la Afore hasta ahí termina con su responsabilidad ante usted.
¿Qué puede hacer?.. Quizá mucho, quizá poco, pero si tiene la posibilidad, puede hacer un plan fiscal que le permita recibir una mucho mejor pensión a los 65 años.
¿No conoce esos planes fiscales? ¿Desea conocerlos y sabes si califica para tener uno?. Escríbame al blog y lo pondré al tant, con gusto.
Además de eso lo que puede hacer es que, si está bajo la nueva ley, es planear sus próximos 12, 13, 14, o 20, o 30 años.
¿Cómo?,, Bueno, para comenzar, debe replantearse si realmente lo mejor que puede hacer es seguir trabajando de asalariado. Quizá deba pensar muy en serio en convertirse en empresario del tamaño que sea, pues como asalariado, verdaderamente su futuro es de color oscuro.
Para el efecto lo que puedo recomendarle es leer a Robert T. Kiyosaki y que comience por su libro Padre Rico Padre Pobre, y después lea y comprenda todos los demás y si se le enciende el espíritu emprendedor con eso, ya será un enorme paso para mejorar las condiciones de su futura pensión.
Le deseo que obtentenga la mejor de las pensiones.
domingo, 18 de noviembre de 2007
La Verdad de las Afores y los Sistemas para el Retiro en México
Publicado por
Francisco Aguilar
en
16:12
Etiquetas: AbaSeguros, Afores, Ahorros, Allianz, Inbursa, Inversiones, jubilaciones, Monterrey NewYork Life, Optimaxx Fiscal, pensiones, Planes de Retiro, Quálitas, Sar, Sistemas de Ahorro para el Retiro
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2 comentarios:
HOLA, QUISIERA APROVECHAR TUS CONOCIMIENTOS SOBRE LA MATERIA PARA PREGUNTARTE LO SIGUIENTE: UN FAMILIAR MÍO COTIZÓ EN EL SEGURO 496 SEMANAS, DESDE 1969 HASTA EL AÑO 1999 EN DIFERENTES EMPRESAS, DESDE ESTA ULTIMO AÑO NO HA VUELTO A INCORPORARME AL SEGURO DEBIDO A QUE HA REALIZADO TRABAJOS DE MANERA PARTICULAR. SÉ POR LA INFORMACIÓN QUE USTED PUBLICA QUE SE RIGE POR LA LEY DE 1973, PUEDE MI FAMILIAR HACER ALGO PARA RECUPERAR TODAS ESAS COTIZACIONES Y LOGRAR LA PENSIÓN? POR SUS ATENCIONES, GRACIAS.
hola!!
mis preguntas son:
¿ese dinero de las afores es realmente mio o solo lo es en el supuesto de que cumpla los "60 y tantos años" y pueda retirarlo?
si es mio:
¿puedo retirarlo todo en el caso de irme del pais o trabajar por mi cuenta?
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